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Artículo 18 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalapa, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal es el grupo de personas que toman las decisiones importantes en el Instituto del Deporte de Temascalapa. Este consejo está formado por: el Presidente Municipal, que es el que lidera; el Director del Deporte, que funge como secretario; y cinco vocales más, que son como miembros del equipo. Uno de esos vocales siempre será el Regidor encargado del deporte. Los otros cuatro vocales los elige el Ayuntamiento (el gobierno del municipio), pero a sugerencia del Presidente Municipal o del Director del Deporte.

Texto oficial

Artículo 18.- El Consejo Municipal, es el órgano de gobierno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalapa, el cual estará integrado por: I. Un presidente, que será el Presidente Municipal; II. Un Secretario Técnico, quien será el Director del Deporte; y III. Cinco vocales quienes serán: A) El Regidor de la Comisión del Deporte; y B) Cuatro vocales que designe el H. Ayuntamiento a propuesta del presidente y/o el director.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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