- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México
- Artículo
- 19
Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los concejales del Ayuntamiento duran en su puesto solo por el tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron elegidos. Eso quiere decir que si el período de la administración municipal es de tres años, ellos están en su cargo exactamente esos tres años. No pueden quedarse más tiempo ni salirse antes de que termine el periodo para el que los nombraron. Se les designa específicamente para trabajar durante esa administración.
Texto oficial
Artículo 19.- Los miembros del Consejo Municipal, durarán en su cargo el periodo constitucional de la administración municipal para la cual fueren designados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.