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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México
Artículo
19

Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los concejales del Ayuntamiento duran en su puesto solo por el tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron elegidos. Eso quiere decir que si el período de la administración municipal es de tres años, ellos están en su cargo exactamente esos tres años. No pueden quedarse más tiempo ni salirse antes de que termine el periodo para el que los nombraron. Se les designa específicamente para trabajar durante esa administración.

Texto oficial

Artículo 19.- Los miembros del Consejo Municipal, durarán en su cargo el periodo constitucional de la administración municipal para la cual fueren designados.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México (pág. 4) ↗

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