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Artículo 10 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 10 dice que en el municipio se van a construir escuelas deportivas para principiantes. No van a poner cualquier escuela, sino que van a checar qué deporte le gusta más a la gente de la colonia o comunidad, y según eso deciden cuál escuela abren. O sea, si en tu barrio les encanta el fut, van a poner una escuela de fut, y no de otra cosa que nadie juegue. Así, cada zona tendrá escuelas del deporte que más le interese a la raza que vive ahí.

Texto oficial

Artículo 10.- De las escuelas de iniciación. Se crearán escuelas de iniciación deportiva por todo el territorio municipal, según sea la demanda basada en el deporte que más practique o le interese a la comunidad de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.