Artículo 13 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 13 dice que el Instituto de Deportes de Temascalcingo va a hacer un censo (un conteo) de todos los lugares donde se hace deporte en el municipio, como canchas o gimnasios. La idea es saber cómo están y si la gente los está usando. Así pueden mejorar que se ocupen bien y al máximo.
Texto oficial
Artículo 13.- De las instalaciones deportivas. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de noviembre de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TEMASCALCINGO, MÉXICO 4 Con este programa se pretende realizar un censo de instalaciones deportivas asentadas en el municipio con la finalidad de conocer su estado y uso actual, con el propósito de mejorar el uso adecuado y su plena utilización.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.