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Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo va a ser dirigido por personas que vengan del mundo del deporte local, o sea, gente que haya participado activamente en el movimiento deportivo del municipio. Estas personas deben conocer bien a los deportistas y a la comunidad de Temascalcingo, además de estar comprometidas con ellos. No puede llegar cualquiera a mandar, solo quienes realmente entienden y se preocupan por el deporte y la sociedad del lugar.

Texto oficial

Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, será manejado entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del Municipio de Temascalcingo, México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.