Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo va a ser dirigido por personas que vengan del mundo del deporte local, o sea, gente que haya participado activamente en el movimiento deportivo del municipio. Estas personas deben conocer bien a los deportistas y a la comunidad de Temascalcingo, además de estar comprometidas con ellos. No puede llegar cualquiera a mandar, solo quienes realmente entienden y se preocupan por el deporte y la sociedad del lugar.
Texto oficial
Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, será manejado entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del Municipio de Temascalcingo, México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.