Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Deportes de Temascalcingo puede hacer todo esto: abrir escuelas de deporte gratuitas en colonias y comunidades, dar becas de dinero o comida a los atletas destacados del municipio, y organizar torneos escolares desde kínder hasta prepa. También puede crear clubes deportivos permanentes para todos, conseguir apoyo del gobierno y de empresas privadas, y dar entrenadores capacitados a los equipos que representan al municipio. Además, puede llevar un registro de todas las canchas y gimnasios, así como de los deportistas, entrenadores, jueces y médicos deportivos de la zona. Por último, debe informar públicamente sobre los planes y resultados de los programas de deporte, y ayudar con todo lo necesario para que los eventos deportivos se realicen bien.
Texto oficial
Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Temascalcingo; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores público, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del mérito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XIII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; XIV. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de noviembre de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TEMASCALCINGO, MÉXICO 3 XV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; y XVI. Las demás que las leyes de la materia le señalen. CAPÍTULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.