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Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal va a estar formado por varias personas con distintos puestos. El que lo preside es el Presidente Municipal, y el Secretario será el Secretario del Ayuntamiento. También habrá un Secretario Técnico, que será el Director del Instituto, y cinco vocales más. De esos vocales, uno tiene que ser el Regidor de Deportes, otro un representante de los deportes del municipio que elija el director, y los otros tres los propondrán el director o el presidente.

Texto oficial

Artículo 19.- El Consejo Municipal estará integrado por: I. Un Presidente, que será el Presidente Municipal; II. Un Secretario, que será el Secretario del H. Ayuntamiento; III. Un Secretario Técnico, que será el Director; y IV. Cinco vocales que serán: A. El Regidor de la Comisión del Deporte; B. Un representante de los deportes registrados en el municipio, designado por el director del instituto; y C. Tres vocales que serán propuestos a consideración del director y/o el presidente. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de noviembre de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TEZOYUCA, MÉXICO 5

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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