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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México
Artículo
27

Artículo 27 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Subdirector de Cultura Física tiene dos tareas principales: primero, debe promover el ejercicio y la actividad física en todo el municipio, y segundo, tiene que dar a conocer los centros deportivos que sean propiedad del municipio para que la gente los use.

Texto oficial

Artículo 27.- Son facultades y obligaciones del Subdirector de Cultura Física: I. Promocionar la actividad física, en el territorio municipal; y II. Promocionar los centros deportivos municipales.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México (pág. 6) ↗

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