- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México
- Artículo
- 27
Artículo 27 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Subdirector de Cultura Física tiene dos tareas principales: primero, debe promover el ejercicio y la actividad física en todo el municipio, y segundo, tiene que dar a conocer los centros deportivos que sean propiedad del municipio para que la gente los use.
Texto oficial
Artículo 27.- Son facultades y obligaciones del Subdirector de Cultura Física: I. Promocionar la actividad física, en el territorio municipal; y II. Promocionar los centros deportivos municipales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.