Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zacazonapan, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Municipal debe juntarse a platicar y tomar decisiones por lo menos cada tres meses; a esas juntas se les llama sesiones ordinarias. También se pueden juntar en cualquier momento, las veces que haga falta, cuando surja un asunto urgente o especial; a esas juntas se les dice sesiones extraordinarias. En resumen, el Consejo tiene juntas regulares cada tres meses y juntas extra cuando se necesiten.
Texto oficial
Artículo 20.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de noviembre de 2010. Sin reformas. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE ZACAZONAPAN, MÉXICO 5
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