Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zacazonapan, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Municipal tiene varias responsabilidades sobre el Instituto de Deportes de Zacazonapan. Entre ellas, pueden aprobar el reglamento interno del Instituto y fijar las reglas generales para su funcionamiento. También pueden elegir, confirmar o quitar al director del Instituto, y revisar y aprobar su presupuesto, sus proyectos y sus informes financieros. Además, pueden invitar a funcionarios de otros gobiernos a las juntas cuando sea necesario, y hacer todo lo que otras leyes les pidan.
Texto oficial
Artículo 21.- Son atribuciones del Consejo Municipal: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zacazonapan; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zacazonapan; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar, ratificar o remover al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de otros ordenamientos legales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.