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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zacazonapan, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal (el grupo de personas que toma decisiones importantes en el municipio) escoge al director, pero solo después de que el Presidente Municipal (como el jefe del municipio) sugiera a alguien para ese puesto. O sea, el Presidente propone un nombre y el Consejo lo acepta o lo rechaza.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por el Consejo Municipal a propuesta del Presidente Municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.