Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley171/22
Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Chalco Solidaridad, México
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Chalco Solidaridad, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director de la dependencia es elegido por el Consejo Municipal, pero primero el Presidente Municipal tiene que proponer un candidato. Luego, esa propuesta pasa por una reunión del Ayuntamiento (un grupo de regidores y el presidente) para que la aprueben oficialmente. En pocas palabras, el presidente sugiere a la persona y el resto del Ayuntamiento decide si le da el visto bueno.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por el Consejo Municipal a propuesta del Presidente Municipal y ratificado en sesión de cabildo por el H. Ayuntamiento de Valle de Chalco Solidaridad.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Chalco Solidaridad, México (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.