Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Metepec, México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Consejo Municipal elige al Coordinador General, pero solo después de que el Presidente Municipal proponga a esa persona. O sea, primero el Presidente sugiere a alguien, y luego el Consejo dice si acepta o no. El Coordinador es como un jefe que ayuda a organizar el trabajo del municipio.
Texto oficial
Artículo 22.- El Coordinador General será nombrado por la Consejo Municipal a propuesta del Presidente Municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.