Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Metepec, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Metepec tiene bienes y dinero que se juntan de varias fuentes. Primero, recibe un presupuesto anual que le da el municipio. También le pueden tocar edificios, terrenos o muebles que el Ayuntamiento le asigne. Además, puede recibir lana, apoyos o servicios del gobierno federal, estatal o municipal, pero solo si el Consejo Municipal los autoriza. Otra forma de obtener recursos es a través de donativos, cooperaciones, concesiones o lo que gane por sus propios servicios.
Texto oficial
Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Metepec, se integra con: I. El monto presupuestal anual que le sea asignado, del total del presupuesto de egresos del municipio; II. Los bienes muebles e inmuebles que el Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado sectorizado; III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal, y que sean acordados por la Consejo Municipal; IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social; y que sean acordados por el Consejo Municipal; y V. Los ingresos y utilidades que obtengan por prestación de sus servicios. CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.