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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Metepec, México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Metepec, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 26 dice que las reglas de trabajo entre el Instituto y sus empleados se rigen por una ley especial para servidores públicos del Estado y los municipios. Los artículos transitorios son instrucciones para que la ley empiece a funcionar: el Artículo Primero ordena que se publique en el periódico oficial del Estado de México, y el Artículo Segundo aclara que la ley comenzará a aplicarse al día siguiente de esa publicación. El Artículo Tercero le pide al Ayuntamiento de Metepec que haga los preparativos para instalar el Consejo Municipal del Instituto de Cultura Física y Deporte. En pocas palabras, estas reglas definen cómo se manejarán las relaciones de trabajo y cuándo entrarán en vigor.

Texto oficial

Artículo 26.- Las relaciones laborales entre el Instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese la presente Ley en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” del Estado de México. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” del Estado de México. ARTÍCULO TERCERO.- El Ayuntamiento Constitucional de Metepec, México, proveerá lo necesario para la instalación del Consejo Municipal del Instituto de Cultura Física y Deporte. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los catorce días del mes de abril del año dos mil once.- Presidente.- Dip. Jorge Ernesto Inzunza Armas.- Secretarios.- Dip. Víctor Manuel González García.- Dip. José Francisco Barragán Pacheco.- Dip. Miguel Ángel Xolalpa Molina.- Rúbricas. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 27 de abril de 2011. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE METEPEC, MÉXICO. 7 Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 27 de abril de 2011. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO LIC. LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA (RUBRICA). APROBACIÓN: 14 de abril de 2011 PROMULGACIÓN: 27 de abril de 2011 PUBLICACIÓN: 27 de abril de 2011 VIGENCIA: La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” del Estado de México.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Metepec, México (pág. 6) ↗

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