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Artículo 11 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultepec, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo es el grupo más importante que toma decisiones en el Instituto. Lo forman varias personas que pueden dar su opinión y votar: un Presidente (que es el Presidente Municipal), un Secretario (que es el Director General del Instituto, pero él no vota) y cinco Vocales. De esos cinco Vocales, uno es el jefe de la comisión de educación y cultura del municipio, y los otros cuatro son ciudadanos con logros deportivos, elegidos por el Ayuntamiento. Todos los puestos son honoríficos, es decir, no reciben sueldo, y cada persona tiene un suplente que la reemplaza si falta.

Texto oficial

Artículo 11.- El Consejo, es el máximo órgano de gobierno del Instituto. El cual estará integrado por los siguientes miembros, con derecho de voz y voto: I. Un Presidente, que será el Presidente Municipal; II. Un Secretario, que será el Director General del Instituto, quien no tendrá derecho a voto; y III. Cinco Vocales, quienes serán: a) El Presidente de la Comisión Edilicia de Educación, Cultura, Desarrollo y Bienestar Social. b) Cuatro Ciudadanos destacados que serán designados por el H. Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, con base en sus logros y méritos deportivos. Los cargos de los miembros del Consejo serán honoríficos y por cada propietario se designará un suplente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.