Artículo 13 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultepec, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto tendrá reuniones del Consejo al menos cada tres meses de manera normal, y cuando sea urgente las veces que sean necesarias si el presidente lo pide o si lo solicita un tercio o más de los miembros. Para que una reunión sea válida, debe estar presente más de la mitad de los integrantes (la mitad más uno), y las decisiones se toman con el voto de la mayoría de los que están ahí; si hay empate, el presidente tiene el voto que decide (voto de calidad). El presidente es quien organiza, dirige y encabeza todas las reuniones, tanto las normales como las de emergencia. El secretario, por su parte, se encarga de llevar al día las actas (los registros escritos de lo que se acuerda), preparar el orden del día (la lista de temas a tratar) y convocar a las reuniones, además de ayudar al presidente en su trabajo.
Texto oficial
Artículo 13.- El Instituto, en el desarrollo de sus sesiones de Consejo, se sujetará a lo siguiente: I. Sesionará por lo menos cada tres meses en forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario cada vez que el presidente lo estime conveniente, o a petición de una tercera parte o más del total de sus miembros; II. Para que el Consejo pueda sesionar válidamente se requerirá la presencia de la mitad de sus integrantes más uno, y sus resoluciones serán válidas cuando sean aprobadas por mayoría de votos o unanimidad de los presentes en la sesión; en caso de empate, el Presidente tiene voto de calidad; III. Corresponde al Presidente instalar, dirigir, coordinar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo; y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 27 de abril de 2011. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TULTEPEC, MÉXICO. 6 IV. Corresponde al Secretario, entre otras actividades, llevar actualizado el libro de actas que él redactará elaborar el orden del día de las sesiones y formular la convocatoria o éstas, así como auxiliar al Presidente en el desarrollo de sus funciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.