Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amecameca, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amecameca debe ser dirigido por personas que vengan de equipos, clubes o grupos de deporte locales, es decir, que estén metidas en el ambiente deportivo del municipio. Estas personas tienen que conocer bien a los atletas y a la comunidad de Amecameca, y estar comprometidas con ellos. La idea es que quienes manejen el instituto entiendan las necesidades reales de los deportistas y la sociedad. Así se busca que el instituto esté en manos de gente cercana al deporte local, no de puros políticos o ajenos al tema.
Texto oficial
Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amecameca, será manejado entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del Municipio de Amecameca, México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.