Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amecameca, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El director del Instituto de Cultura Física de Amecameca tiene varias tareas principales: representa al instituto, hace que se cumplan las decisiones del Consejo Municipal, y se asegura de que los planes y programas del instituto funcionen bien. También puede firmar acuerdos y contratos para lograr los proyectos, y debe presentar al Consejo el plan de trabajo anual y el presupuesto de cuánto dinero se necesita y de dónde va a salir. Además, puede comprar cosas necesarias para el instituto, pero solo si el Consejo lo autoriza y siguiendo las reglas. Finalmente, debe prever todo lo necesario para que los objetivos se cumplan, y hacer cualquier otra tarea que le pidan la ley, el reglamento interno o el Consejo Municipal.
Texto oficial
Artículo 23.- Son facultades y obligaciones del director, las siguientes: I. Representar al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amecameca; II. Dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo Municipal; III. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y programas del Instituto; IV. Celebrar acuerdos, convenios y contratos de coordinación para el cumplimiento de los planes y proyectos del Instituto; V. Presentar ante el Consejo Municipal el proyecto del programa operativo del Instituto; VI. Presentar ante el Consejo Municipal el programa anual del presupuesto de ingresos y egresos; VII. Adquirir previa autorización del consejo y conforme a las normas, los bienes necesarios para el mejor cumplimiento de sus objetivos; VIII. Prever lo necesario para el debido cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos y; IX. Las demás que le confieran la presente Ley, el Reglamento Interno y el Consejo Municipal. CAPÍTULO QUINTO DE SU PATRIMONIO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.