Artículo 26 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amecameca, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 26 quiere decir que las reglas del trabajo entre el Instituto y sus empleados se van a basar en la ley que aplica para todos los trabajadores del gobierno del Estado de México y sus municipios. Luego, los artículos transitorios explican los pasos para que la ley funcione: primero, debe publicarse en el periódico oficial del gobierno del Estado de México. Segundo, la ley empieza a aplicarse al día siguiente de esa publicación. Tercero, el Ayuntamiento de Amecameca tiene la obligación de hacer los arreglos necesarios para poner en marcha la Dirección y el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. Finalmente, la ley fue aprobada el 14 de abril de 2011 y publicada oficialmente el 27 de abril de 2011, por lo que entró en vigor al día siguiente.
Texto oficial
Artículo 26.- Las relaciones laborales entre el Instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese la presente Ley en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México. ARTÍCULO TERCERO.- El H. Ayuntamiento de Amecameca, México, proveerá lo necesario para la instalación de la Dirección y el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los catorce días del mes de abril del año dos mil once.- Presidente.- Dip. Jorge Ernesto Inzunza Armas.- Secretarios.- Dip. Víctor Manuel González García.- Dip. José Francisco Barragán Pacheco.- Dip. Miguel Ángel Xolalpa Molina.- Rúbricas. Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 27 de abril de 2011. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO LIC. LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA (RUBRICA). Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 27 de abril de 2011. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE AMECAMECA, MÉXICO. 7 APROBACIÓN: 14 de abril de 2011 PROMULGACIÓN: 27 de abril de 2011 PUBLICACIÓN: 27 de abril de 2011 VIGENCIA: La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.