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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tequixquiac, México
Artículo
18

Artículo 18 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tequixquiac, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal es el grupo de personas que toman las decisiones importantes en el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tequixquiac. Este consejo está formado por: un presidente, que es el presidente municipal; un secretario técnico, que es el director del deporte; y cinco vocales (miembros con voz y voto). De esos cinco vocales, uno es el Regidor encargado del deporte, y los otros cuatro los elige el Ayuntamiento (el gobierno local) a sugerencia del presidente o del director.

Texto oficial

Artículo 18.- El Consejo Municipal, es el órgano de gobierno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tequixquiac, el cual estará integrado por: I. Un presidente, que será el presidente municipal; II. Un secretario técnico quien será el director del deporte; y III. Cinco vocales quienes serán: A) El Regidor de la comisión del deporte. B) Cuatro vocales que designe el H. Ayuntamiento a propuesta del presidente y/o el director.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tequixquiac, México (pág. 4) ↗

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