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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tequixquiac, México
Artículo
19

Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tequixquiac, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los integrantes del Consejo Municipal van a estar en su puesto durante todo el tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron elegidos. Ese periodo está fijado en la Constitución. O sea, no pueden cambiarlos antes de que termine ese tiempo, a menos que pase algo extraordinario. En pocas palabras, su trabajo termina cuando se acaba la administración para la que los nombraron.

Texto oficial

Artículo 19.- Los miembros del Consejo Municipal, durarán en su cargo el periodo constitucional de la administración municipal para la cual fueren designados.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tequixquiac, México (pág. 4) ↗

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