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Artículo 10 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Directivo es el grupo más importante dentro del Instituto, como si fuera su jefatura máxima. Está formado por: un Presidente (que es el Presidente Municipal o alguien que él elija, y puede votar y dar su opinión); un Secretario Técnico (que es el Director del Instituto, pero solo opina, no vota); y cinco Vocales (miembros con voz y voto). De esos cinco vocales, dos son fijos: el Regidor encargado del Deporte y el Coordinador de Fútbol del Municipio. Los otros tres los elige el Ayuntamiento, pero solo si el Presidente o el Director los proponen primero.

Texto oficial

Artículo 10.- El Consejo Directivo es el órgano superior de gobierno del Instituto y que se integra por: I. Un Presidente, que será el Presidente Municipal o quien éste designe, con derecho a voz y voto; II. Un Secretario Técnico, que será el Director del Instituto, con derecho a voz; III. Cinco Vocales, quienes serán: a. El Regidor de la Comisión del Deporte. b. El Coordinador de Fútbol del Municipio. c. Tres vocales que designe el Ayuntamiento a propuesta del Presidente y/o el Director.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.