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Artículo 7 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón tiene varias tareas asignadas. Una de ellas es llevar un registro de todas las canchas, gimnasios y espacios deportivos del municipio, anotando qué equipo tienen y en qué condiciones están. También debe crear un sistema para evaluar y darle seguimiento a los atletas locales, y hacer estudios para identificar terrenos que puedan servir para hacer deporte o actividades recreativas. Además, el Instituto se encarga de administrar estos espacios, cobrar por su uso y recibir donaciones, usando ese dinero para mantenerlos en buen estado.

Texto oficial

Artículo 7.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto realizará las siguientes funciones: I. Integrar el padrón de Instalaciones Deportivas Municipales, en el que incluirán las características de cada una de ellas y los recursos materiales de los que disponen; II. Integrar el sistema de evaluación y seguimiento a deportistas; III. Elaborar estudios en relación con las zonas susceptibles de ser utilizadas para actividades deportivas y recreativas dentro del municipio; IV. Participar con las autoridades competentes, en el diseño e instrumentación de programas de mejora a las instalaciones del Instituto; V. Diseñar programas que promuevan el desarrollo de la cultura física, las actividades recreativas y deportivas, dentro del territorio municipal; VI. Administrar las instalaciones deportivas municipales, estableciendo los mecanismos y reglamentos con base en los cuales se utilizarán; VII. Recibir donativos y realizar el cobro por la utilización de las instalaciones deportivas y municipales; destinando dichos recursos a los gastos operativos del Instituto, así como para la instrumentación de los programas de mantenimiento y mejora de dichas instalaciones; VIII. Gestionar el otorgamiento de los apoyos que sean necesarios para su adecuada operación y para la consecución de sus fines; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de octubre de 2013. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE DE SAN JOSÉ DEL RINCÓN, MÉXICO. 3 IX. Contratar o convenir la celebración de eventos deportivos, funciones, prestación de servicios de entrenamiento y esparcimiento al interior de las instalaciones del Instituto; X. Celebrar acuerdos y convenios de colaboración con organizaciones privadas y sociales, para el desarrollo de proyectos deportivos y de cultura física; XI. Promover y ejecutar acciones para el reconocimiento público y la difusión de las actividades sobresalientes de los deportistas del municipio, en distintos ámbitos del acontecer municipal; XII. Las demás que establezca su reglamento y el Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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