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Artículo 17 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el Instituto va a tener un Contralor Interno, que es como un vigilante que revisa que todo se haga bien y sin corrupción. Este Contralor tiene los mismos poderes que le da la ley a otros servidores públicos del Estado de México. Para que ocupe el puesto, el Presidente del Consejo Directivo propone a alguien, y luego el Consejo Directivo lo nombra oficialmente.

Texto oficial

Artículo 17.- El Instituto tendrá un Contralor Interno, que tendrá las atribuciones que le señala la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México; quien será nombrado por el Consejo Directivo a propuesta de su Presidente. Título Tercero Del Patrimonio del Instituto

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.