Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan de Juárez
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Se crea el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan (IMCUFIDEN) para que se encargue de promover el deporte y la actividad física en el municipio. Es un organismo que funciona como una entidad separada del gobierno municipal, pero que trabaja para el bien público. Tiene su propia personalidad jurídica, lo que significa que puede hacer contratos y tener derechos legales por sí mismo. También cuenta con su propio patrimonio, es decir, con sus propios bienes, dinero y recursos para operar sin depender directamente del presupuesto del municipio.
- Art. 2Este artículo solo define cómo se van a usar ciertas palabras en esta ley. Cuando diga "Ayuntamiento", se refiere al gobierno de Naucalpan de Juárez. "Instituto" es la organización pública que se encarga del deporte en ese municipio, y se abrevia IMCUFIDEN. "Consejo" es el grupo de personas que dirigen ese instituto, y "Reglamento" son las reglas internas del mismo.
- Art. 3El instituto municipal de deportes será dirigido por personas que vienen del mundo del deporte local, como entrenadores o atletas, y que entiendan las necesidades de los deportistas y de toda la comunidad de Naucalpan. Esto quiere decir que los encargados deben ser gente que conozca los problemas del deporte en el municipio y esté comprometida con mejorar las oportunidades para todos. No solo importa que sean expertos, sino que también tengan verdadero interés por el bienestar de los vecinos.
- Art. 4El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan es como una persona legal, con sus propios recursos y responsabilidades. Esto significa que puede hacer cosas como firmar contratos, comprar cosas o ser demandado por su cuenta, sin depender directamente del gobierno municipal. Tiene libertad para tomar sus propias decisiones y así poder cumplir con su trabajo principal: que es promover el deporte y la actividad física en todo el municipio.
- Art. 5El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan tiene como trabajo principal que más personas hagan deporte y se activen físicamente, sin importar su edad o condición. Este organismo también busca que las familias y la comunidad se integren haciendo ejercicio, y que la gente mejore su salud física y mental. Además, se enfoca en apoyar a grupos como adultos mayores, jóvenes, trabajadores y personas con discapacidad para que hagan deporte. Otra de sus labores es conseguir recursos (dinero, instalaciones o personal) de forma legal para impulsar el deporte local, y trabajar con escuelas, otras autoridades y asociaciones deportivas para organizar eventos y competencias. Por último, promueve estudios sobre el deporte en el municipio y difunde programas para que todos sepan cómo participar.
- Art. 6El artículo 6 dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan tiene ciertas funciones. Entre ellas, puede abrir escuelas deportivas gratis en colonias y pueblos del municipio, y dar becas (de dinero, comida o para estudiar) a los deportistas más destacados. También puede organizar torneos para estudiantes desde kínder hasta preparatoria, y formar clubes deportivos para toda la gente. Además, se encarga de llevar registros de instalaciones, deportistas, entrenadores y árbitros, y de apoyar los eventos deportivos que se hagan en el municipio.
- Art. 7El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte tiene que llevar a cabo varios programas para cumplir su trabajo. Por ejemplo, uno es para estudiantes: organiza su participación en deportes para que usen bien su tiempo libre y desarrollen habilidades y valores como la responsabilidad. También forma clubes deportivos juveniles dentro y fuera de las escuelas, dándoles asesoría y apoyo con instalaciones y a veces con material. Además, organiza torneos para todos los niveles escolares, para la comunidad en general, y hasta para los campeones de cada liga. Por último, se encarga de hacer un censo de las instalaciones deportivas del municipio para saber cómo están y cómo se usan, y ofrece capacitación y promoción del deporte para todos.
- Art. 8El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan lo manejan entre dos grupos: un Consejo Directivo y un director. El Consejo Directivo es como un grupo de personas que toman las decisiones importantes, y el director es quien se encarga del día a día. Ambos se encargan de dirigir y administrar todo lo relacionado con el deporte y la cultura física en el municipio.
- Art. 9El Consejo Directivo es el grupo más importante que toma las decisiones en el Instituto de Deporte de Naucalpan. Está formado por varias personas: el Presidente Municipal (con voz y voto, es decir, opina y decide), el Director del Instituto (también con voz y voto), un Comisario que solo opina pero no vota, y tres regidores encargados de cultura, deporte y parques, que sí votan. Además, hay dos ciudadanos con logros deportivos que solo opinan, pero no votan. Todos estos puestos son honoríficos, o sea, nadie recibe sueldo por estar ahí, y el Consejo puede pedir consejo a expertos en deporte si lo necesita.
- Art. 10Los miembros del Consejo Directivo estarán en su puesto durante todo el tiempo que dure la administración municipal para la que fueron nombrados. Esto significa que entran y salen al mismo tiempo que el gobierno municipal en turno. No pueden quedarse más allá de ese período.
- Art. 11El Consejo Directivo es un grupo de personas que toman decisiones importantes. Tienen juntas normales cada tres meses, como mínimo, y pueden juntarse más veces si hacen falta para resolver cosas urgentes. A esas juntas extra se les llama extraordinarias.
- Art. 12El Consejo Directivo es el grupo de personas que toman las decisiones importantes del Instituto. Sus responsabilidades son fijar las reglas de cómo debe operar el Instituto y aprobar todos los planes y proyectos para cumplir sus metas. También tienen que autorizar los contratos, el presupuesto de lo que entra y sale, y las cuotas que se cobran por los servicios. Además, eligen a las personas encargadas de vigilar que todo se haga correctamente, como el contralor y el tesorero.
- Art. 13El Director General es elegido por el Ayuntamiento (el grupo de personas que gobierna el municipio), pero solo a partir de una sugerencia del Presidente Municipal. Su sueldo lo define el Consejo Directivo, siguiendo lo que dice el Presupuesto de Egresos (el plan de gastos del gobierno). En otras palabras, ni el Presidente ni el Ayuntamiento deciden solos cuánto le pagan; eso lo revisa otro grupo.
- Art. 14El Director General es la persona encargada de dirigir el Instituto. Tiene la facultad de representarlo legalmente, como si fuera un apoderado, lo que significa que puede firmar documentos, demandar o ser demandado, y administrar bienes. También puede contratar y despedir al personal, proponer presupuestos y políticas al Consejo Directivo, y vigilar que todo funcione correctamente. Para vender o comprar propiedades del Instituto, necesita un permiso especial del Consejo. Además, debe presentar reportes cada cuatro meses sobre cómo va el Instituto.
- Art. 15El Comisario del Consejo es como el "aguafiestas" que cuida el dinero del Instituto y se asegura de que se use bien. Vigila que los gastos y el presupuesto estén correctos y no haya desvíos. Este comisario revisa que todo se haga como debe ser, sin dejar que alguien se pase de lanza. En corto, es el encargado de mantener las cuentas claras para que no haya problemas.
- Art. 16Cada año, el Comisario (la persona encargada de vigilar cómo se manejan los asuntos) debe hacer un reporte con toda la información importante de lo que pasó. Ese reporte lo tiene que entregar al Consejo (el grupo que toma las decisiones) antes del 1 de julio. El Consejo lo revisará y lo discutirá para decidir si está bien o si hace falta algo. Es como cuando entregas una tarea en la escuela con fecha límite para que el maestro la califique.
- Art. 17El artículo dice que el Instituto va a tener un Contralor Interno, que es como un vigilante que revisa que todo se haga bien y sin corrupción. Este Contralor tiene los mismos poderes que le da la ley a otros servidores públicos del Estado de México. Para que ocupe el puesto, el Presidente del Consejo Directivo propone a alguien, y luego el Consejo Directivo lo nombra oficialmente.
- Art. 18Este artículo explica de dónde va a sacar dinero y recursos el Instituto del Deporte de Naucalpan. Básicamente, su patrimonio se forma con: 1) los terrenos, edificios o muebles que le dé el Ayuntamiento; 2) lo que cobre por sus servicios, como rentar instalaciones; 3) los apoyos económicos que reciba del gobierno federal, estatal, municipal o de empresas privadas; 4) el dinero que cada año le asigne el presupuesto municipal; 5) las herencias, donaciones o cualquier otro bien que le regalen o adquiera legalmente; y 6) las ganancias, intereses o rendimientos que generen sus propios bienes. Además, los terrenos y edificios del Instituto no se pueden embargar, vender ni perder con el tiempo, y nadie puede ponerlos como garantía de una deuda.
- Art. 19El artículo 19 dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Naucalpan tiene que seguir dos leyes: la Ley Orgánica Municipal del Estado de México (que organiza cómo funcionan los municipios) y la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México (que regula todo lo relacionado con el deporte y la actividad física en el estado). Esto significa que el Instituto no puede hacer lo que quiera, sino que debe cumplir con lo que esas leyes le ordenan.
- Art. 20El artículo 20 dice que cómo se manejan el trabajo y las relaciones entre el Instituto y sus empleados va a depender de una ley especial para servidores públicos, no de la ley general. Eso significa que los trabajadores de ahí tienen derechos y obligaciones distintos a los de un trabajo normal. Los artículos transitorios explican los pasos para que la ley empiece a funcionar: primero se publica en el periódico oficial del gobierno, luego esperas 30 días para que entre en vigor. Después, el Consejo tiene 30 días hábiles (sin contar fines de semana) para aprobar su reglamento, y el Ayuntamiento de Naucalpan debe darle al Instituto el dinero, el personal y los materiales que necesite para arrancar.