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Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chicoloapan, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 16 dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chicoloapan tiene dos tareas importantes. Primera, debe tener un plan para arreglar, mantener y mejorar las canchas, gimnasios y demás espacios deportivos, usando el dinero que le asignen. Segunda, tiene que supervisar que el personal que trabaja ahí haga bien su chamba. En pocas palabras, se encarga de que las instalaciones estén en buen estado y de que los empleados cumplan con su trabajo.

Texto oficial

Artículo 16.- De Administración y Finanzas: I. Se contará con un programa de mantenimiento, remodelación y acondicionamiento de las áreas deportivas con los recursos que le son conferidos; II. Se vigilará el desarrollo de las actividades del personal adscrito al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chicoloapan. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.