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Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chicoloapan, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte del municipio de Chicoloapan va a ser manejado, entre otras personas, por quienes vengan de la comunidad deportiva local. Es decir, los encargados del instituto deben ser gente que conozca bien a los deportistas y a la sociedad de Chicoloapan, y que esté comprometida con ellos. La idea es que quienes tomen las decisiones entiendan las necesidades del deporte en el municipio.

Texto oficial

Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chicoloapan, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del municipio de Chicoloapan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.