Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chicoloapan, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo le da permiso al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chicoloapan para hacer muchas cosas relacionadas con el deporte. Por ejemplo, puede abrir escuelas de deportes en colonias y pueblos, dar becas (apoyos económicos o de comida) a deportistas destacados, y organizar torneos para estudiantes desde kínder hasta preparatoria. También puede crear clubes deportivos, llevar un registro de todos los deportistas, entrenadores, jueces y hasta de las instalaciones donde se hace deporte. Además, tiene la tarea de conseguir apoyo de empresas o del gobierno para impulsar el deporte y dar asesoría a quienes practican deporte por diversión o apenas están empezando.
Texto oficial
Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chicoloapan, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Chicoloapan; II. Crear el Sistema Municipal de Becas Académicas, Económicas y Alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares de carácter permanente; V. Involucrar a los sectores públicos, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover y desarrollar el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del mérito; XI. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas, jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; XIII. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el Municipio; XIV. Las demás que las leyes de la materia le señalen. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de octubre de 2013. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE CHICOLOAPAN, MÉXICO. 3 CAPÍTULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS BÁSICOS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.