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Artículo 104 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 104 dice que la Dirección General de Comunicación Social es un área que depende directamente de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia. Su trabajo es dar a conocer, por medios como la tele, el radio o internet, y también por sus propios canales, lo que hace y logra el Poder Judicial del Estado de México. Esto sirve para que la gente vea a este poder como el encargado de cuidar el bienestar de todos y que se cumplan las leyes en el estado. También busca mejorar la imagen del Poder Judicial ante la ciudadanía.

Texto oficial

Artículo 104. La Dirección General de Comunicación Social, es un área de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia que tiene como finalidad difundir, a través de los medios de comunicación masiva y de los medios propios, las acciones y logros del Poder Judicial del Estado de México, que permitan su posicionamiento como el órgano garante del bienestar social y el Estado de Derecho en la entidad; así como, el fortalecimiento de la imagen institucional. Coordinación General de Asesores

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.