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Artículo 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo habla de los cuatro tipos de investigadores que puede haber en el Centro, según su forma de trabajar. Están los de **tiempo completo**, que son los que trabajan ahí de planta por nombramiento del Poder Judicial. Luego vienen los **visitantes**, que son de otra institución pero vienen a hacer una estancia temporal a la Escuela Judicial gracias a un convenio. También están los **invitados**, a quienes la Dirección del Centro les da una carta para desarrollar un proyecto específico. Por último, están los de **excelencia**, que son investigadores de tiempo completo que ya llevan diez años o más trabajando sin interrupciones.

Texto oficial

Artículo 167. Las y los investigadores del Centro serán de cuatro tipos: I. Tiempo completo: aquellas que tengan este nombramiento por parte del Poder Judicial; II. Visitantes: quienes, perteneciendo a otra institución, realicen una estancia de investigación en la Escuela Judicial, en el marco de un convenio académico de colaboración; III. Invitadas o invitados: quienes reciban una carta invitación para desarrollar un proyecto de investigación por parte de la persona titular de la Dirección del Centro; y IV. De excelencia: quienes se hayan distinguido por prestar sus servicios como investigadores de tiempo completo durante diez años o más, de manera ininterrumpida. Estructura del Centro

Ver ley oficial en el DOF (pág. 52) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.