- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco, México
- Artículo
- 20
Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Directivo (el grupo de personas que toman las decisiones importantes) tiene que juntarse al menos una vez cada tres meses de manera normal o programada. También puede reunirse en cualquier otro momento si es necesario, sin esperar a la fecha fijada. Esas reuniones fuera de lo común se llaman extraordinarias. En resumen, se juntan cada tres meses o más seguido si hace falta.
Texto oficial
Artículo 20.- El Consejo Directivo, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.