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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Directivo del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco tiene varias funciones importantes. Entre ellas, aprobar las reglas internas del Instituto y establecer las reglas generales para su funcionamiento. También puede aprobar los proyectos y programas que proponga el Director, revisar y aprobar los estados financieros anuales y el presupuesto de ingresos y gastos. Además, puede nombrar o ratificar al Director, evaluar los planes, buscar otras fuentes de dinero y, si es necesario, invitar a otros servidores públicos a sus reuniones.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones del Consejo Directivo: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el Director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de octubre de 2013. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TIANGUISTENCO, MÉXICO. 5 V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al Director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; X. Las demás que deriven de otros ordenamientos legales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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