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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Director es la persona encargada de dirigir la institución, y su nombramiento lo hace el Consejo Directivo, pero solo después de que el Presidente Municipal proponga a alguien para el puesto. En otras palabras, el Presidente Municipal sugiere un candidato, y el Consejo Directivo decide si lo acepta o no. Es como si el Presidente Municipal diera una recomendación y el Consejo tuviera la última palabra.

Texto oficial

Artículo 22.- El Director será nombrado por el Consejo Directivo a propuesta del Presidente Municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.