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Artículo 25 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco tiene que cumplir con dos leyes: la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. La ley que crea este instituto se publicó en el periódico oficial del gobierno el 8 de octubre de 2013 y empezó a aplicarse al día siguiente. El Ayuntamiento de Tianguistenco es el responsable de hacer todo lo necesario para que se instale el Consejo Directivo del Instituto, que es el grupo de personas que lo va a dirigir.

Texto oficial

Artículo 25.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tianguistenco, estará sujeto a, la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, y la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese la presente Ley en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. ARTÍCULO TERCERO.- El H. Ayuntamiento de Tianguistenco, México, proveerá lo necesario para la instalación del Consejo Directivo del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintiséis días del mes de Septiembre del año dos mil trece.- Presidente.- Dip. Ana María Balderas Trejo.- Secretarios.- Dip. Marco Antonio Rodríguez Hurtado.- Dip. Fernando García Enríquez.- Dip. Norberto Morales Poblete.- Rúbricas. Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 8 de octubre de 2013. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS (RÚBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO MTRO. EFRÉN ROJAS DÁVILA (RÚBRICA). APROBACIÓN: 26 de septiembre de 2013. PROMULGACIÓN: 08 de octubre de 2013. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de octubre de 2013. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TIANGUISTENCO, MÉXICO. 7 PUBLICACIÓN: 08 de octubre de 2013. VIGENCIA: La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.