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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya, México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya debe ofrecer capacitación a todas las personas que participen en el deporte, como entrenadores, jueces o atletas. Esto quiere decir que tienen que dar cursos o enseñanzas para que quienes estén involucrados sepan hacer bien su trabajo o practicar su deporte. La ley dice que hoy en día el deporte tiene que responder a lo que la sociedad espera, y por eso es necesario que todos estén bien preparados. En pocas palabras, la capacitación no es opcional, sino una obligación del Instituto para mejorar el deporte en el municipio.

Texto oficial

Artículo 14.- De la capacitación. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de marzo de 2014. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TEMOAYA, MÉXICO. 4 El deporte en la época actual, debe cumplir con las expectativas sociales, para lo cual es imperativo que exista la capacitación en todos los que formen parte del deporte.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya, México (pág. 3) ↗

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