Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley205/18
Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya, México
Artículo
18

Artículo 18 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Directivo es el grupo de personas que toman las decisiones importantes en el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya. Este consejo está formado por: un presidente, que es el presidente municipal; un secretario, que es el secretario del Ayuntamiento; un secretario técnico, que es el director del Deporte; y cinco vocales (miembros con voz y voto), que son el regidor encargado del deporte, un representante de los deportistas del municipio, y tres personas más que elige el Ayuntamiento a propuesta del presidente o del director.

Texto oficial

Artículo 18.- El Consejo Directivo, es el órgano de gobierno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya, el cual estará integrado por: I. Un Presidente, quien será el Presidente Municipal; II. Un Secretario quien será el Secretario del Ayuntamiento; III. Un Secretario Técnico, quien será el Director del Deporte; IV. Cinco vocales quienes serán: A) El Regidor de la Comisión del Deporte; B) Un representante del sector deportivo del municipio de Temoaya; C) Tres vocales que designe el H. Ayuntamiento a propuesta del Presidente y/o el Director.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya, México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.