Artículo 15 de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
A los inspectores les está totalmente prohibido aceptar regalos, dinero o cualquier cosa a cambio de su trabajo. Tampoco pueden presionar a los agricultores o ganaderos para que les den productos a cambio de algún favor. Además, no pueden hacer cosas que no estén dentro de sus facultades, que son las tareas que la ley les permite hacer. Si un inspector no cumple estas reglas, le van a aplicar las sanciones que marca la ley de responsabilidades de servidores públicos del Estado de México y los municipios, y además podría enfrentar consecuencias legales por daños o delitos.
Texto oficial
Artículo 15. Está estrictamente prohibido a los inspectores: I. Recibir cualquier tipo de gratificación o dadiva en razón de su función. II. Coaccionar a los agricultores y productores para que les proporcionen productos a cambio de algún beneficio. III. Extralimitarse de las facultades señaladas en el artículo anterior. El incumplimiento de las disposiciones de la Ley por parte de los servidores públicos propiciará las sanciones previstas en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, sin menoscabo de la responsabilidad civil o penal que en su caso se configure. CAPÍTULO VII DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS AGRICULTORES Y PRODUCTORES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.