- Ley
- Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los agricultores y los que producen maguey pueden juntarse y crear grupos, asociaciones o uniones para resolver sus problemas y mejorar su trabajo. El Consejo los puede ayudar a organizarse. Estos grupos pueden ser de todo el estado, de una región o de un municipio. La idea es que trabajen juntos para crecer y modernizarse.
Texto oficial
Artículo 16. Los agricultores y productores del maguey podrán promover, con el apoyo del Consejo, la integración de organismos, asociaciones y uniones, que les permitan hacer frente a su problemática común y atender su desarrollo y tecnificación. Las que podrán ser de carácter estatal, regional o municipal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.