Artículo 3 de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría del Campo es la autoridad encargada de hacer cumplir esta ley del maguey. Trabaja junto con los Ayuntamientos (los gobiernos municipales) para cuidar, proteger y aprovechar el maguey de forma sostenible, sin acabarlo. Esto incluye todo lo relacionado con la planta, como sus productos (por ejemplo, el aguamiel o el pulque) y lo que se obtiene de ella. Todo lo que hagan debe seguir lo que dice esta ley y otras reglas aplicables.
Texto oficial
Artículo 3. Es autoridad competente para la aplicación de la Ley, la Secretaría. La Secretaría en coordinación con los Ayuntamientos ejercerá sus atribuciones en materia de conservación, protección, fomento, restauración, producción, ordenación, cultivo, manejo y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de octubre de 2014. Última reforma POGG: 5 de abril de 2024. LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL MAGUEY EN EL ESTADO DE MÉXICO 2 aprovechamiento sostenible del maguey, sus productos y subproductos, de conformidad con lo previsto en esta Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables. CAPÍTULO III DE LAS ATRIBUCIONES DE LA SECRETARÍA DEL CAMPO
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