Artículo 7 de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a publicar un aviso (llamado convocatoria) para que se forme el Consejo del Maguey del Estado de México, y ese aviso lo van a dar a conocer 30 días antes de que el Consejo se instale. El Consejo se instalará tal como lo dice ese aviso y, una vez formado, ellos mismos decidirán las reglas para trabajar. O sea, la Secretaría solo anuncia y organiza, pero el Consejo pone sus propias normas internas.
Texto oficial
Artículo 7. La Secretaría emitirá una convocatoria pública para la instalación del Consejo del Maguey del Estado de México, con treinta días de anticipación a su instalación, la cual se realizará en los términos señalados en dicha convocatoria. El Consejo aprobará los lineamientos sobre su funcionamiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.