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Artículo 3 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando se necesite aclarar algo de esta ley, se usarán otras leyes como apoyo o "supletoriamente". Es como tener un manual principal y, si algo no está claro, se consultan estos otros manuales. Las leyes que sirven de respaldo son varias, como la de Fomento Económico, la del Instituto de Verificación Administrativa, la de Cambio Climático, la de Mejora Regulatoria, y varios códigos como el Financiero y el Civil, todos del Estado de México.

Texto oficial

Artículo 3. Para efectos de esta Ley, se aplicarán, de forma supletoria, la Ley de Fomento Económico para el Estado de México, la Ley que crea el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México, la Ley de Cambio Climático del Estado de México, la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios; los Códigos Financiero del Estado de México y Municipios, para la Biodiversidad del Estado de México, Administrativo del Estado de México, de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Civil del Estado de México y de Procedimientos Civiles del Estado de México. CAPÍTULO II DE LAS AUTORIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.