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Artículo 91 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, está derogado, o sea, se eliminó de la ley y ya no tiene ningún efecto. Entonces, si buscabas información sobre la evaluación técnica de factibilidad comercial automotriz, ese artículo ya no aplica. Tienes que revisar otras partes de la ley o reglamentos más recientes para conocer las reglas actuales. Básicamente, puedes ignorar este artículo porque ya no existe legalmente.

Texto oficial

Artículo 91. Derogado SECCIÓN IV DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA DE FACTIBILIDAD COMERCIAL AUTOMOTRIZ

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.