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Artículo 7 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La extensión territorial de cada municipio es el área que tiene actualmente, con los límites que ya están definidos y reconocidos oficialmente. Esto quiere decir que ningún municipio puede agarrar terreno de otro porque ya está establecido dónde empieza y termina cada uno. Es como si cada municipio tuviera su propio terreno marcado en un mapa, y ese es su territorio legal.

Texto oficial

Artículo 7.- La extensión territorial de los municipios del Estado, comprenderá la superficie y límites reconocidos para cada uno de ellos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.