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Artículo 27 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia Digital es la encargada de planear, diseñar, controlar, coordinar, mantener y actualizar el RUPAEMEX, que es un registro de personas. También puede darte de alta, modificar tus datos o cancelar tu registro en ese sistema, y lo hace asignándote un nombre de usuario y una contraseña. Además, esta agencia tiene que poner reglas claras para que todas las personas u organizaciones que están sujetas a esta ley puedan conectarse y operar correctamente con el RUPAEMEX.

Texto oficial

Artículo 27. La Agencia Digital tendrá a su cargo: I. La planeación, diseño, control, coordinación, mantenimiento y actualización del RUPAEMEX. II. La expedición, modificación, revocación o cancelación de la inscripción al RUPAEMEX, a través de un nombre de usuario y una contraseña. III. Establecer lineamientos para la operación e interconexión entre los sujetos de la presente ley con el RUPAEMEX.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.