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Artículo 5 de la Ley del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 5 dice qué cosas deben publicarse obligatoriamente en el periódico oficial del Estado de México, que se llama "Gaceta del Gobierno". Tienen que salir ahí todas las leyes, decretos y acuerdos que haga el Congreso del Estado y que firme el gobernador, además de reglamentos y disposiciones del gobierno, los jueces y los municipios. También se publican los convenios que firme el gobierno estatal y cualquier acto o resolución que pida la Constitución o las leyes. Si una autoridad competente decide que algo debe publicarse, también se incluye. En resumen, todo lo que las leyes digan que tiene que ser público debe aparecer en esa gaceta oficial.

Texto oficial

Artículo 5. Son materia de publicación obligatoria en el periódico oficial: I. Las leyes, decretos y acuerdos expedidos por la Legislatura del Estado, promulgados por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de enero de 2016. Última reforma POGG: 16 de mayo de 2025. LEY DEL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO DE MÉXICO 2 II. Los reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general de los poderes Ejecutivo y Judicial, así como de los organismos autónomos, organismos auxiliares y ayuntamientos. III. Los acuerdos y convenios celebrados por el Gobierno del Estado de México. IV. Los actos y resoluciones que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y las leyes, ordenen que se publiquen. V. Los actos o resoluciones que así determinen los titulares de los poderes del Estado de México, u otras autoridades competentes. VI. Las actas, documentos o avisos de los organismos auxiliares de la administración pública estatal y municipal, que conforme a la ley deban ser publicados o se tenga interés en hacerlo. VII. Los demás actos y resoluciones que establezcan las leyes u otras disposiciones jurídicas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.