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Artículo 116 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto encargado del asunto tiene que decidir, en máximo tres días de trabajo después de recibir tu queja, si la acepta o no. Los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar fines de semana ni días festivos. Si la queja es aceptada, el Instituto debe avisarle a la persona o dependencia que señalaste como responsable dentro de los siguientes tres días hábiles. Así, ambas partes se enteran rápido de lo que está pasando.

Texto oficial

Artículo 116. El Instituto, en el ámbito de su competencia, debe resolver sobre la admisión de la denuncia, dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción. El instituto, en el ámbito de su competencia, debe notificar al sujeto obligado la denuncia dentro de los tres días hábiles siguientes a su admisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 49) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.