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Artículo 12 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto se encargará de coordinar y revisar cómo se aplican las reglas de protección de datos personales en el gobierno del estado y en los municipios. Su trabajo es asegurarse de que se cumpla lo que dice la ley general sobre cuidar tu información privada. Básicamente, supervisa que todas las autoridades locales respeten y protejan tus datos personales.

Texto oficial

Artículo 12. El Instituto para contribuir con lo que se mandata en el artículo 10 de la Ley General, coordinará y evaluará las acciones relativas a la política pública transversal de protección de datos personales en el ámbito estatal y municipal. Vigilancia y respeto de la protección de datos personales en el orden estatal y municipal

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.