Artículo 22 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La empresa o persona que maneje tus datos (el responsable) solo puede usarlos para cumplir con un propósito claro, legal y específico que tenga que ver con su trabajo o funciones. Si quieren usar tus datos para algo diferente a lo que te dijeron en el aviso de privacidad, solo pueden hacerlo en dos casos: primero, si una ley los autoriza y además tú les das tu permiso expreso; segundo, si se trata de buscar a alguien reportado como desaparecido. En resumen, no pueden inventarse usos para tus datos personales, todo debe estar justificado y relacionado con lo que permite la ley.
Texto oficial
Artículo 22. Todo tratamiento de datos personales que efectúe el responsable deberá estar justificado por finalidades concretas, lícitas, explícitas y legítimas, relacionadas con las atribuciones que la normatividad aplicable les confiera. El responsable podrá tratar datos personales para finalidades distintas a aquéllas establecidas en el aviso de privacidad, en los casos siguientes: I. Cuente con atribuciones conferidas en ley y medie el consentimiento del titular. II. Se trate de una persona reportada como desaparecida, en los términos previstos en la presente Ley y demás disposiciones legales aplicables. Principio de Información
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.