Artículo 50 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la persona o empresa encargada de tus datos (el "responsable") debe checar y actualizar su documento de seguridad cada cierto tiempo o cuando pase algo como: 1. Si cambia la forma en que usan tus datos personales y eso hace que el riesgo para tu privacidad sea mayor. 2. Cuando, por mejorar su sistema de protección de datos, se den cuenta de que hay cosas que ajustar. 3. Después de que haya ocurrido un accidente o fuga de datos para evitar que vuelva a pasar. 4. Cuando tengan que aplicar medidas para arreglar o prevenir una violación a la seguridad de tus datos.
Texto oficial
Artículo 50. El responsable revisará el documento de seguridad de manera periódica y actualizarlo cuando ocurran los eventos siguientes: I. Se produzcan modificaciones sustanciales al tratamiento de datos personales que deriven en un cambio en el nivel de riesgo. II. Como resultado de un proceso de mejora continua, derivado del monitoreo y revisión del sistema de gestión. III. Como resultado de un proceso de mejora para mitigar el impacto de una vulneración a la seguridad ocurrida. IV. Implementación de acciones correctivas y preventivas ante una violación de la seguridad de los datos personales. CAPÍTULO TERCERO DE LAS VIOLACIONES A LA SEGURIDAD DE LOS DATOS PERSONALES Plan de Contingencia y Plan de Trabajo
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.